Las 7 dudas legales que siempre tenemos como autónomos
Descubre cómo puedes cumplir con todos los requisitos legales que exige ser freelance, con Rafa de CG
Descubre cómo puedes cumplir con todos los requisitos legales que exige ser freelance, con Rafa de CG
Al contrario de lo que muchos aún piensan, el salto al freelancing es un paso que suelen dar aquellos profesionales con una carrera y experiencia profesional a sus espaldas incentivados por el poder elegir, cómo, dónde o quién trabajar. Un nuevo orden laboral repleto de posibilidades pero también de incertidumbre, de hecho, el desconocimiento sobre cómo dar este primer paso, es una de las barreras más duras que muchos profesionales confrontan. ¿Qué debo cumplir para poder ser freelance?, ¿cuáles son los requisitos formales y legales?, …
Con ánimo de resolver todas estas dudas legales a la hora de dar este primer paso hemos creado este artículo de la mano de todo un experto como Rafael Olmedo, consultor legal en Grupo CG consultores y partner de Malt, en el que abordamos las 9 preguntas legales más habituales entre los autónomos.

Existe la obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) cuando se realiza una actividad económica o profesional de forma habitual, personal y directa a título lucrativo.
Vamos a aclarar algunos términos:
Recordad que en Malt es imprescindible tener los documentos legales validados para poder trabajar con clientes de Malt.
Si desarrolláis una actividad que requiere una dedicación relevante, ésta, será calificada como una actividad habitual y por tanto os exigirán que os deis de alta en autónomos, o incluso la propia Tesorería General de la Seguridad Social os puede dar de alta de oficio y reclamaros las cuotas impagadas.
Por lo tanto, si realizáis una actividad de manera más o menos continuada y regular, y además cumplís con el resto de condiciones (a título lucrativo, de forma personal y directa), estaréis obligados a daros de alta como trabajadores autónomos.
No obstante, si se realizan trabajos esporádicos y puntuales, se podría entender que desarrolláis una actividad no habitual y no tendrías obligación de daros de alta en autónomos.
Hay que ser muy prudentes a la hora de valorar si los trabajos que realizáis son realmente esporádicos o no, pues un trabajo que en su inicio se realiza de manera esporádica puede convertirse en un trabajo habitual y exigir el alta en autónomos.
Seguramente alguna vez hayáis oído que, si no llegáis al SMI, Salario Mínimo Interprofesional, no es necesario que os deis de alta como autónomo.
Lo primero que tenéis que tener en cuenta es que no existe ningún artículo que disponga, que si por una actividad obtenemos unos ingresos por debajo del SMI no estamos obligados a darnos de alta en autónomos.
No obstante, y muy ligado a la consideración de lo que supone una actividad habitual o no, existe jurisprudencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que viene a considerar que cuando no superamos el umbral de ingresos del SMI esto es un indicador adecuado para entender que no existe una actividad habitual.
Ahora bien, al tratarse de jurisprudencia y no de normativa hay que tener cuidado. Aunque la jurisprudencia pueda estar de tu lado, si te sancionan tendrás que recurrir, con el consiguiente perjuicio económico.
En resumen, tened claro que no se trata de un límite cuantitativo el que define la obligación o no, de darnos de alta como autónomo. Dicho límite cuantitativo sirve de indicio para acreditar ante la Seguridad Social que una actividad no es habitual y evitar la obligación de darse de alta como autónomo.
Si estas percibiendo la prestación por desempleo de nivel contributivo y te das de alta como autónomo, podrás seguir percibiendo la prestación que te corresponda, durante un máximo de 270 días o el tiempo que te quede de prestación, siempre que solicites la compatibilidad en el improrrogable plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
El freelance que se acoja a esta compatibilidad percibirá el 100% de la cuantía de la prestación por desempleo con el descuento del IRPF, en su caso, y sin deducción de cotización a la Seguridad Social.
Exclusiones:
Aunque ser autónomo tiene muchas ventajas, debo tener control de todos los trámites a presentar para estar bien regulado como profesional.
En las facturas que emitimos por la prestación de nuestros servicios debemos incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Este IVA repercutido tenemos que ingresarlo en Hacienda, menos el IVA que soportamos en el desarrollo de nuestra actividad.
Así, tenemos la obligación de presentar el modelo 303 para autoliquidar el IVA de forma trimestral (del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y el cuarto trimestre del 1 al 30 de enero del año siguiente) y el resumen anual mediante el modelo 390 del 1 al 30 de enero también del año siguiente.
De forma obligatoria para poder confeccionar correctamente la autoliquidación del IVA tenemos que llevar un libro registro de facturas emitidas, un libro registro de facturas recibidas, un libro registro de bienes de inversión y, si es el caso, un libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.
Como freelance, los rendimientos de tu actividad profesional tributarán en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo más general es que por nuestro volumen de ingresos elijáis el método de estimación directa simplifica:
En cualquier caso, entre abril y junio del año siguiente presentaremos la declaración de la renta regularizando nuestra situación tributaria con los datos de todo el ejercicio.
De forma obligatoria para poder confeccionar correctamente la declaración del IRPF llevaremos un libro registro de ingresos, un libro registro de compras y gastos y un libro registro de bienes de inversión.
Por las rentas que abonamos a otros profesionales, a trabajadores o a arrendadores en el desarrollo de nuestra actividad profesional estamos obligados a practicar la retención correspondiente e ingresarla en la Hacienda pública de forma trimestral, de tal forma que:
Tras el confinamiento nos dimos cuenta que podíamos ejercer profesionalmente desde el propio hogar pero desconoces si te puedes beneficiar de algún modo.
Para poder deducir estos gastos hay que comunicar el domicilio a la Agencia Tributaria, indicando los metros cuadrados de dicho domicilio y qué porcentaje se va a dedicar al desempeño de la actividad. Además, Hacienda pide que esta zona de trabajo sea fácilmente identificable y esté perfectamente delimitada dentro de la vivienda. En concreto, debe ser claramente divisible y usarse de forma casi exclusiva para trabajar.
Existen dos tipos de gastos:
Ejemplo, aplicando el 30% de deducción:
Un informático que trabaja desde casa, tiene habilitada una habitación de 18 m2 para el ejercicio de su actividad, teniendo su casa una superficie de 90 m2.
El porcentaje de superficie que destina a su actividad es del 20%.
¿Qué operación tendrá que realizar para saber qué puede deducirse de la siguiente factura electricidad con una base imponible de 310,94€?
310,94€ x 20% (porcentaje de m2) = 61,18€ x 30% (porcentaje establecido por la norma) = 18,65 €.
Cuando un freelance no puede trabajar por encontrarse enfermo o haber tenido un accidente, decimos que se encuentra en situación de Incapacidad Temporal (IT).
Al igual que sucede con los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos tienen derecho a darse de baja y recibir asistencia sanitaria y una prestación económica durante el tiempo en que no pueden trabajar.
En el caso de los autónomos, es obligatorio que al darse de alta elijan una Mutua Colaboradora, que es la entidad que se encargará de darles la protección en caso de Incapacidad Temporal, contingencias profesionales, cese de actividad (paro de los autónomos) y formación profesional.
Una de las mejoras en esta materia que se produjo en 2019 (RDL 28/2018) es que a partir de los 60 días desde que el autónomo está de baja médica y con derecho a prestación económica, deja de tener la obligación de seguir pagando su cuota mensual de autónomos y se hace cargo de ella la Mutua o el INSS.
Si tienes más dudas, puedes participar todos los meses en los webinars de soporte legal que organiza Malt. También puedes consultar directamente a Rafael Olmedo de Grupo CG y beneficiarte de las tarifas y ventajas que ofrece este partner a la comunidad freelance de Malt.